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Protección bienestar personal y familiar. Profesionales liberales

15 Abril 2021
Protecció benestar personal i familiar. Professionals liberals

Existen en España más de 1,5 millones de profesionales liberales. De ellos, un gran número están representados en los Colegios Profesionales que disponen a día de hoy del llamado Sistema Alternativo a la Seguridad Social (en adelante SASS). En concreto, son los colectivos de abogados, médicos, arquitectos superiores, arquitectos técnicos, procuradores, ingenieros, químicos y gestores administrativos (que trabajan por cuenta propia) los que pueden decidir libremente entre afiliarse al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (en adelante RETA) o suscribir el SASS.

Su nivel de contribución y su capacidad de generar ingresos les convierte en uno de los perfiles con mayor tasa de vulnerabilidad. Esta situación no es ni tan siquiera conocida por una gran parte del colectivo, por lo que es incuestionable nuestra responsabilidad en facilitarles toda la información que necesitan para tomar la decisión más conveniente a sus riesgos e intereses.

El Sistema Alternativo se materializa y concreta a través de los instrumentos comercializados por las Mutualidades de Previsión Social de los Colegios Profesionales. Antes de crearse la Seguridad Social (1966) ya existían las Mutualidades de Previsión Social que ofrecían coberturas a sectores profesionales muy determinados. Con la aparición de la Seguridad Social, algunos profesionales liberales quedaron excluidos del RETA, teniendo la Mutualidad de su colectivo como única opción para obtener una cobertura de previsión social. En el año 1995 (según la disposición adicional 15ª de la Ley 30/1995, de Ordenación y Supervisión del Seguro Privado) las Mutualidades pasaron a ser una opción alternativa al RETA.

A partir del 1 de enero de 2013 (según disposición adicional de la Ley 27/2011, de reforma de la Seguridad Social) las Mutualidades de Previsión Social que actúan como alternativas al RETA tendrán que garantizar a sus mutualistas una cobertura mínima. Dicha norma establece dos opciones para conformar el sistema alternativo (o exigir primas que garanticen el 60% de las prestaciones del RETA o que supongan el 80% de la cuota mínima del RETA). Con carácter general, se ha optado por el requisito de que las primas supongan el 80% de la cuota mínima del RETA (unos 229 euros mensuales).

Son profesionales los que trabajan por cuenta propia o compaginan su actividad profesional por cuenta propia con un trabajo por cuenta ajena. Los sistemas alternativos son sistemas de capitalización individual donde las aportaciones se atribuyen a una cuenta particular del profesional, a diferencia del sistema público, que se financia por reparto. Se incluyen las contingencias de jubilación, fallecimiento, incapacidad permanente, incapacidad temporal y opcionalmente dependencia, por niveles superiores al régimen de autónomos y cuotas más reducidas.

Las principales diferencias entre el RETA y el SASS son:

 

Diferencias-RETA-SASS

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